sábado, 11 de diciembre de 2010

Mutilación genital femenina (MGF).

En la actualidad, el número de niñas y mujeres que han sido sometidas a la MGF se calcula en más de 130 millones en todo el mundo, y otros dos millones más de niñas están en riesgo de esa práctica. La MGF, una forma de violencia contra la niña que afecta su vida como mujer adulta, es una práctica cultural tradicional. En las sociedades donde se practica, se cree que la MGF es necesaria para garantizar la dignidad de la niña y su familia y aumenta sus posibilidades de contraer matrimonio. La MGF comprende todos los procedimientos que incluyen la remoción parcial o total de los genitales femeninos externos y otra lesión a los órganos genitales femeninos ya sea por motivos culturales y otras razones no terapéuticas.

Otras formas de discriminación.


La preferencia por un hijo varón se puede manifestar en otras prácticas que son discriminatorias contra la niña. En la mayoría de las sociedades, se asigna mayor valor a los hijos varones. En casos extremos, el estado reducido de las hijas puede dar lugar a la violencia. La selección prenatal del sexo puede ocasionar un número desproporcionado de abortos de fetos femeninos en comparación con los fetos masculinos. Después del nacimiento, en las familias donde la demanda de hijos varones es más elevada, se puede practicar el infanticidio de los lactantes del sexo femenino.


25 de Noviembre: Día de la NO Violencia contra la Mujer.

Cada vez en más países este día simboliza el clamor y la denuncia ante un problema que afecta negativamente a la sociedad: el maltrato físico y sicológico hacia las mujeres y las niñas. La conmemoración tiene su origen en el Primer Encuentro Feminista celebrado en Colombia en 1981, en el que se propuso esa fecha en honor a tres heroínas de la República Dominicana que fueron brutalmente asesinadas el 25 de Noviembre de 1960: Las Hermanas Mirabal. Patria, Minerva y María Teresa fueron tres mujeres luchadoras contra el régimen dictatorial de Rafael L. Trujillo que se atrevieron a desafiar al tirano siendo perseguidas y encarceladas, al igual que a sus esposos, Manuel Tavárez Justo, Leandro Guzmán y Pedro González. Las hermanas Mirabal son representadas por el símbolo de las mariposas porque este nombre "mariposa" era el seudónimo usado por Minerva en sus actividades clandestinas en contra de Trujillo. Pedro Mir, el Poeta Nacional, escribió un poema dedicado a las heroínas que se han convertido en ejemplo de dignidad y lucha patriótica que trasciende los límites de la República Dominicana volando hacia América Latina y el mundo. Pedro Mir expresa en "Amén de Mariposas" la indignación de toda la sociedad ante el horrendo crimen que terminó con las vidas de estas mujeres un 25 de noviembre:
Cuando supe que habían caído las tres Hermanas Mirabal.
Me dije:
La sociedad establecida ha muerto.
Comprendí
Que muchas unidades navales alrededor del
Mundo
Inician su naufragio
En medio de la espuma
Pensadora
Y que grandes ejércitos reconocidos en el
Planeta
Comienzan a derramarse
En el regazo de la duda
Pesarosa
Es que
Hay columnas de mármol impetuoso
No rendidas
Al tiempo
Y pirámides absolutas erigidas sobre las
Civilizaciones que no pueden resistir la muerte
De ciertas mariposas.
(fragmento).

Tráfico de mujeres, prostitución forzada y Abuso contra Trabajadoras Domésticas.

Cada año miles de mujeres en todo el mundo son engañadas, coercidas, secuestradas o vendidas en condiciones similares a la esclavitud y son obligadas a trabajar como prostitutas, trabajadoras domésticas, trabajadoras en fábricas en condiciones de explotación, o como esposas. Las trabajadoras domésticas son vulnerables a las agresiones violentas, tales como el maltrato físico y la violación, de parte de sus empleadores. Las mujeres migratorias se encuentran especialmente en peligro puesto que los empleadores pueden retener sus sueldos, pasaportes y documentos personales. Esto limita el movimiento de trabajadores en los países en que los extranjeros están obligados a llevar prueba de su situación jurídica, lo cual impide por lo tanto, cualquier intento de reclamar protección en sus embajadas. En algunos países, las trabajadoras domésticas no están amparadas por las leyes laborales. En los casos en que hay leyes vigentes, los trabajadores y trabajadoras pueden no ser informados de sus derechos, especialmente en los países donde el idioma del anfitrión les resulta desconocido o son separados de su grupo social. En la República Dominicana, existe una Ley que dio creación al comité Interinstitucional de Protección a la Mujer Migrante (CIPROM), conocida también como la Ley 86-99. Esta Ley fue promulgada por el Presidente Leonel Fernández durante su período gubernamental de 1996-2000 para velar por la aplicación de las políticas migratorias puesta en vigencia por los Estados receptores y para proteger a la mujer migrante en cuanto a leyes laborales, derechos humanos, fuentes de trabajo y planes de retorno en interés de que se realice la mejor integración al desarrollo sostenible del país. El Comité Interinstitucional de Protección a la Mujer Migrante se creó como fruto de la necesidad de dar respuesta a la problemática de las dominicanas migrantes y en su formación contó con la asesoría de la Organización Internacional para la Migración (OIM). La base internacional del CIPROM, parte de la Convención Contra todas Formas de Discriminación Contra la Mujer, celebrada en 1979, en Belén Do Pará (Brazil) de la cual el gobierno dominicano es signatario y la ratificó en 1995. Además, el tema de la mujer migrante fue debatido en la Convención sobre los Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1994. En la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se aprobó en el acápite J sobre la creación de mecanismos institucionales de protección a la mujer migrante. La Secretaría de Estado de la Mujer en el país, cumpliendo con estas resoluciones creó el CIPROM como mecanismo interinstitucional para proteger los derechos de la mujer migrante.

TABLA DE ESTADISTICAS POR CASOS

TABLA DE ESTADISTICAS POR CASOS
(según información ofrecida en la Policía Nacional)

CASOS
OCTUBRE
2002
NOVIEMBRE
2002
DICIEMBRE
2002
ENERO
2003
TOTAL DE QUERELLAS RECIBIDAS
280
291
283
247
EXPEDIENTES
ENVIADOS A FISCALIA
38
35
34
32
EXPEDIENTES
SOBRESALIDOS
41
47
36
38
QUERELLAS
NO CONOCIDAS
201
209
213
177
ORDEN DE COMPARECENCIA
86
97
100
103
ORDEN DE PROTECCION

96
57
29

Estadísticas de Abusos contra la Mujer desde Octubre 2002.

Las estadísticas reflejan el proceso de avance o estancamiento de las querellas que se presentan a diario en los destacamentos policiales en el país. En el año 2001, las estadísticas reflejan que 104 mujeres murieron en manos de esposos violentos y en el año 2002, la cifra fue aumentada en 12 mujeres más. Lo más lamentable en la mayoría de los casos es que estas víctimas habían agotado todo método de denuncia sin conseguir la atención requerida para estos casos por parte de los oficiales de la Policía. Las cifras actuales mantienen un porcentaje cada vez más alto debido a que los actos de abuso, violaciones y maltratos en contra de la mujer son producto de diferentes causas, entre estas, la crisis económica que hace cada vez la situación de convivencia más difícil en la familia.



Mujer y Medios de Comunicación Masivos.

De igual modo, la mujer es objeto de burla, marginación y abuso cuando los medios de comunicación masivos o "mass media" la utilizan como objeto sexual para promociones de productos o programas de televisión diseñados para incitar al deseo sexual heterosexual u homosexual. La guía práctica sobre Temas de Salud contenidos en la Declaración y en la Plataforma de Acción de Beijing (Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, del 4 al 15 de septiembre de 1995) recoge varios temas relacionados con la salud de las niñas y las mujeres y temas afines que ejercen un efecto profundo en la salud de las mismas. La definición de violencia en esta guía es más que completa, contundente. A saber: "La violencia contra la mujer, una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la mujer, es uno de los obstáculos para poder lograr los objetivos de la Plataforma... La violencia que ocurre en privado dentro de la familia, incluye golpes, abuso sexual de niñas en el hogar, abuso relacionado con la dote, abuso por parte del marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales que atentan contra la mujer, el abuso ejercido por personas otras ajenas al marido y el abuso relacionado con la explotación". "En el ámbito público, el abuso y maltrato incluye violación, abuso sexual, hostigamiento e intimidación sexual en el trabajo, en instituciones educativas y en otros lugares; trata de mujeres y prostitución forzada. También incluye la violencia perpetrada o condonada por el Estado, donde sea que ocurra. Actos de violencia contra la mujer también incluyen la esterilización forzada, o el aborto forzado, la utilización coercitiva o forzada de anticonceptivos, el infanticidio de niñas y la selección prenatal del sexo, así como las violaciones de los derechos de la mujer en situaciones de conflicto armado, en particular el asesinato, la violación sistemática, la esclavitud sexual y los embarazos forzados". La Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing creen necesario concienciar sobre la responsabilidad de los medios de comunicación en cuanto a:


Examinar la repercusión de los estereotipos sexistas que fomentan la violencia basada en género;
Eliminar la presentación de patrones de conducta generadores de violencia;
Establecer directrices y códigos de conducta profesionales;
Promover imágenes no estereotipadas de mujeres y hombres;
Informar a la población acerca de la violencia contra la mujer y estimular al debate público sobre el tema.
Cada vez se precisa ser más explicativos y evidentes en los mensajes publicitarios, especialmente en los que se dedican a la promoción de prendas de vestir, licores y cigarrillos. Ya nada se deja a la imaginación. "En este tiempo de tanta tecnicidad hay muy poco espacio para la creatividad y eso produce el fomento de la cultura del abuso y maltrato en los niños y niñas a través de los medios de comunicación".

Atentados contra la dignidad y personalidad.

Todo patrón de conducta mediante el empleo de fuerza física, o violencia sicológica, verbal, intimidación o persecución, contra uno o varios miembros de familia o contra cualquier persona que mantenga una relación de convivencia, consensuada o no, que cause daño a su persona o a sus bienes, realizado por el padre, madre, tutor o conviviente o ex pareja, es condenada en la Ley 24-97. Así también se condena todo acto de discriminación en contra de la mujer que constituye abuso por considerarse no apta para desarrollar cualquier trabajo o estudio, ya sea por causa de raza, etnia, preferencia sexual, política, económica, escala social, edad, enfermedad, discapacidad física, lo que muchas veces se viola en la República Dominicana, especialmente en los centros de trabajo masivos como son las zonas francas nacionales y extranjeras (art. 9 de la Ley 24-97 que modifica los artículos 336, 337 y 338). Existen mitos y prácticas culturales legitimados que de manera histórica han contribuido a sembrar la cultura del abuso, el maltrato y la marginalidad. Se trata de una división de roles y perfiles de personalidad que definen al hombre como activo, agresivo, posesivo-dominante y proveedor, mientras que a la mujer se le define como pasiva, sumisa y dependiente económicamente. Al hombre se le endurece y se le resta su capacidad de ternura a cambio de un modelo que suele degenerar en casos de conductas antisociales.

miércoles, 8 de diciembre de 2010

Leyes Dominicanas que protegen los Derechos de la Mujer.

LEY
CONTENIDO

Ley 24-97
Favorece al género femenino, hombres, niños y niñas. Actúa en contra de la violencia intrafamiliar.

Ley 390 de 1940
Otorga a la mujer soltera mayor de edad, y a la casada, capacidad para contratar y constituirse en tutora.

Ley 855 de 1978
Iguala a padres y madres frente a la dirección familiar.

Ley 985 de 1945
Establece modalidades diferentes para el reconocimiento voluntario o involuntario por parte del padre de los hijos nacidos fuera del matrimonio.

Ley 14-94
Código del Menor que modifica la Ley 985 y protege a los menores de edad.

Ley 86-99
Crea el Comité Interinstitucional de Protección a la Mujer Migrante (CIPROM).

Ley 55-97
Sobre la eliminación de la discriminación de la mujer en el acceso a la tierra.

Formas más comunes de Violencia contra la Mujer.

En las familias. La forma más común de violencia contra la mujer es la violencia en el hogar o en la familia. Las investigaciones demuestran sistemáticamente que una mujer tiene mayor probabilidad de ser lastimada, violada o asesinada por su compañero actual o anterior que por otra persona.
Los hombres pueden patear, morder, abofetear, dar un puñetazo o tratar de estrangular a sus esposas o compañeras; les pueden infligir quemaduras o tirar ácido en la cara; pegar o violar, con partes corporales y objetos agudos; y usar armas letales para apuñalarlas o dispararles.

Maltrato físico. Algunas mujeres pueden creer que merecen las golpizas por alguna acción equivocada de su parte. Otras mujeres se abstienen de hablar sobre el maltrato porque temen que su compañero las lastime aun más en represalia por revelar "secretos familiares", o posiblemente por avergonzarse de su situación. Además, en muchos países no existen sanciones legales o sociales en los casos de violencia perpetrada por un compañero íntimo.

Violación en una relación íntima. En muchas sociedades, la mujer no define el coito forzado como una violación si está casada o vive con el agresor. En algunos países esto es condenado como delito penal. Las encuestas de varios países indican que 10 a 15% de las mujeres informan que sus parejas las obligan a tener relaciones sexuales. Entre las mujeres que son agredidas físicamente en su relación, las cifras son más altas.

Violencia sicológica o mental. Esta incluye maltrato verbal en forma repetida, acoso reclusión y privación de los recursos físicos, financieros y personales. Para algunas mujeres, los insultos incesantes y la tiranía que constituyen el maltrato emocional quizá sean más dolorosos que los ataques físicos, porque socavan eficazmente la seguridad y la confianza de la mujer en sí misma. Un solo episodio de violencia física puede intensificar enormemente el significado y el impacto del maltrato emocional. Se ha informado que las mujeres opinan que el peor aspecto de los malos tratos no es la violencia misma sino la "tortura mental" y "vivir con miedo y aterrorizada".

Mujeres bajo custodia. Con frecuencia, las mujeres que ingresan a las prisiones ya han sido víctimas de violencia. La violencia contra la mujer recluida en instituciones y prisiones puede ser generalizada. La naturaleza del maltrato puede abarcar desde el acoso físico o verbal hasta la tortura sexual y física. Diversos informes sobre las mujeres reclusas han revelado que los guardias las desnudan, colocan grillos en sus tobillos e inspeccionan sus cavidades corporales. Las mujeres de muchos países informan haber sido violadas mientras se encontraban en centros de detención.

El índice de muertes por abuso y maltrato es más alto que por enfermedades.

Hace algunos años, enfermedades como la tuberculosis, el cáncer de mama, la preeclampsia, diezmaban la población femenina. Sin embargo, en el 2003 los casos de muerte por abuso y maltrato en contra de la mujer se colocan entre las primeras diez causas de muerte en la mujer dominicana.
Así las violaciones sexuales se registran una cada siete minutos en la República Dominicana. Respecto de estupros o violación sexual a menores de edad, constituye el 75 porciento. Cada vez se eleva el número de niñas y mujeres violadas por amigos o familiares cercanos o que viven en la misma casa. Incluso, muchas mujeres no sólo son violadas sexualmente sino que también son agredidas física y verbalmente por sus maridos.

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER A TRAVES DEL CICLO DE VIDA

FASE
TIPO DE VIOLENCIA
Pre-natal
Abortos selectivos según el sexo; efectos sobre el recién nacido de la violencia durante el embarazo.

Infancia
Infanticidio femenino; abuso físico, sexual y sicológico.

Adolescencia y vida adulta
Violencia durante el cortejo y el noviazgo (p.e. alteración de bebidas y violaciones); sexo forzado por razones económicas (p.e. niñas estudiantes que tienen relaciones sexuales con adultos a cambio de favores); incesto; abuso sexual en el sitio de trabajo; violaciones; acosamiento sexual; prostitución y pornografía forzada; tráfico de mujeres; violencia conyugal; violación marital; abuso y homicidio; homicidio conyugal; abuso sicológico; abuso de mujeres discapacitadas; embarazos forzados.

Vejez
"Suicidio"forzado y homicidio de viudas por razones económicas; abuso físico, sexual y sicológico.

Las Naciones Unidas.

La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, define la violencia contra la mujer como "todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o sicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada".
Abarca, sin carácter limitativo, "la violencia física, sexual y sicológica en la familia, incluidos los golpes, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital y otras prácticas tradicionales que atentan contra la mujer, la violencia ejercida por personas distintas del marido y la violencia relacionada con la explotación; la violencia física, sexual y sicológica al nivel de la comunidad en general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento y la intimidación sexual en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros ámbitos, el tráfico de mujeres y la prostitución forzada; y la violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra".

¿Qué se entiende por Violencia?

La violencia es la presión síquica o abuso de la fuerza ejercida contra una persona con el propósito de obtener fines contra la voluntad de la víctima". Los llamados "crímenes pasionales"constituyen una expresión viva del ejercicio de la violencia doméstica en el país que arroja una cifra alarmante de muertes que, según las organizaciones de protección a la mujer, señala que "cada 72 horas es asesinada una mujer, siendo esta la sexta causa de muerte en las féminas dominicanas".